Muchos de los productos que utilizamos día a día, tanto en nuestro hogares como en el taller, contienen unas etiquetas con información sobre sus características esenciales, que debe ser perfectamente entendible por los usuarios.
Además, algunos productos como los de limpieza, aceites, pintura o disolventes contienen los denominados pictogramas de seguridad, que nos informan sobre aspectos o características a tener en cuenta a la hora de evitar riesgos al manipularlos. También previenen sobre ciertos peligros para la salud y aconsejan el modo de empleo del producto en condiciones de seguridad o de cómo se debe mantener en buen estado. Además, contienen información sobre los materiales utilizados y cómo afecta su uso y reciclado al medio ambiente.
Cambios normativos en la clasificación y etiquetado de los residuos peligrosos
La normativa sobre clasificación de los residuos como residuos peligrosos o no peligrosos ha sido modificada y tiene efectos desde el 1 de junio de 2015.Los principales cambios que han tenido lugar son:- El anexo III de la Directiva 2008/98/ CE “Directiva Marco de residuos“ ha sido sustituido mediante el Reglamento 1357/2014, de 18 de diciembre de 2014.
- La Decisión 2000/532/CE por la que se establecía la lista europea de residuos ha sido sustituida por la Decisión 2014/955/UE.
- La Directiva 67/548/CEE de 27 de junio de 1967, sobre sustancias peligrosas y la Directiva 1999/45/CE, de 31 de mayo de 1999, sobre preparados peligrosos, que han sido sustituidas por el Reglamento 1272/2008 de 16 septiembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, conocido como Reglamento CLP, que ha entrado en vigor definitivamente el 1 de junio de 2015. Aunque la normativa sobre sustancias y mezclas peligrosas excluye de su ámbito de aplicación a residuos, el considerando 14 de la Directiva Marco advierte que “la clasificación de los residuos como residuos peligrosos debe basarse, entre otros fundamentos, en la normativa comunitaria sobre productos químicos, en particular la relativa a la clasificación de los preparados como peligrosos, incluidos los límites de concentración establecidos a tal efecto”.
Estos cambios en la clasificación, envasado y etiquetado de las sustancias y mezclas han supuesto la necesidad de adaptar y modificar la normativa sobre la clasificación de residuos peligrosos.
Los principales cambios que ha introducido el Reglamento 1357/2014, son la modificación de la descripción y asignación de algunas de las características de los residuos, que pasan a identificarse por las letras HP, en lugar de H y el cambio de forma de determinar las características de peligrosidad y los límites de concentración. Esto implica que residuos que antes no se consideraban residuos peligrosos ahora puedan pasar a serlo al modificarse los límites de concentración, y que residuos que anteriormente presentaban una determinada característica ahora pueden presentar otra distinta.
Por su parte la Decisión 2014/955/UE, ha modificado la lista europea de residuos, aunque los cambios no son relevantes y no afectan más que a un número muy reducido de códigos LER. Otra de las consecuencias que se derivan de los cambios de la normativa comunitaria es en relación con el etiquetado de los residuos peligrosos. El etiquetado de residuos peligrosos se regula en la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
¿Qué es un pictograma de seguridad?
Un pictograma de seguridad es una composición gráfica que contiene símbolos que transmiten una información específica. Son muy utilizados para llamar la atención del usuario ya que transmiten información esencial independientemente del idioma que se hable.
Pictogramas de seguridad en residuos peligrosos
1. Relativo a HP1 5. Relativo a HP4/HP8
2. Relativo a HP3 6. Relativo a HP13, HP11, HP7, HP10, HP5
3. Relativo a HP2 7. Relativo a HP6, HP4, HP13, HP 14
4. Relativo a gases 8. Relativo a HP6
9. Relativo a HP14
En el caso de peligros físicos, si la etiqueta lleva el pictograma GHS01 (bomba explotando), entonces el GHS02 (llama) y el GHS03 (llama sobre un círculo) serán opcionales, salvo en el caso de que sea obligatorio más de un pictograma, concretamente en el caso de sustancias y mezclas clasificadas como autorreactivas de tipo B o como el peróxido orgánico de tipo B.
En el caso de los peligros físicos y para la salud, si la etiqueta lleva el pictograma GHS02 (llama) o el GHS06 (calavera y tibias), entonces el GHS04 (bombona de gas) será opcional:
En el caso de los peligros para la salud si la etiqueta lleva el pictograma GHS05 (corrosión), entonces el GHS07 (signo de admiración) no se utilizará para la irritación cutánea u ocular, pero tendrá que seguir utilizándose para otros peligros.
En el caso de los peligros para la salud, si la etiqueta lleva el pictograma GHS08 (peligro para la salud) relativo a la sensibilización respiratoria, entonces el GHS07 (signo de admiración) no se utilizará para sensibilización cutánea o para la irritación cutánea u ocular
Hay que tener en cuenta que a la sustancia o mezcla también se le pueden aplicar las normas de etiquetado relativas al transporte. En algunos casos, puede omitirse en el etiquetado un determinado pictograma de peligro.
Las características de peligrosidad de los residuos a partir del 1 de junio pasarán a ser:
- HP 1 Explosivo
- HP 2 Comburente
- HP 3 Inflamable
- HP4 Irritante-irritación cutánea y lesiones oculares
- HP 5 Toxicidad específica en determinados órganos (STOT en su sigla inglesa)/Toxicidad por aspiración
- HP 6 Toxicidad aguda
- HP 7 Carcinógeno
- HP 8 Corrosivo
- HP 9 Infeccioso
- HP 10 Tóxico para la reproducción
- HP 11 Mutágeno
- HP 12 Liberación de un gas de toxicidad aguda
- HP 13 Sensibilizante
- HP 14 Ecotóxico
Obligaciones en materia de seguridad
Los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales hacen referencia a que el empresario es el que debe informar y formar a sus trabajadores acerca de los riesgos que afecten en su lugar de trabajo así como de todas las medidas preventivas para evitar riesgos, además de proporcionarles, si fuese necesario, los equipos de protección individual y las Fichas de Datos de Seguridad.
Tanto en la Unión Europea como a través de Naciones Unidas, se están realizando continuos esfuerzos encaminados a implantar sistemas de gestión segura de productos químicos. Todo esto se ha conseguido gracias a dos reglamentos:
- Reglamento de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas (REACH) que establece las siguientes definiciones en cuanto a sustancia y mezcla química:
- Sustancia química: elemento químico y compuestos naturales o los obtenidos por algún proceso industrial.
- Mezcla química: mezcla o solución compuesta por dos o más sustancias
Los objetivos del REACH son los siguientes:
- Garantizar nivel de protección de la salud y el medio ambiente.
- Fomentar métodos alternativos para evaluar los peligros que plantean las sustancias.
- Fomentar la libre circulación de sustancias en el mercado interior.
- Potenciar la competitividad e innovación en el sector químico.
Por otro lado, el Reglamento sobre Clasificación, Etiquetado y Envasado de Sustancias y Mezclas, también denominado Reglamento CLP, pretende aplicar en el marco de la Unión Europea los criterios internacionales acordados en el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos aprobado por Naciones Unidas. Con la entrada en vigor del Reglamento CLP se establecen una serie de obligaciones a las empresas del Sector Químico:
- Reclasificar los productos con nuevas clases y categorías de productos, creación de nuevos pictogramas, frases de riesgo y frases de prudencia.
- Cambiar el contenido de las etiquetas.
- Cambiar el contenido de las Fichas de Datos de Seguridad.
En este post te hemos hablado de los principales cambios introducidos por la nueva normativa en materia de pictogramas de seguridad para que puedas estar al día en tus labores en el taller.